La CRE establece nuevas reglas para sistemas de almacenamiento de energía eléctrica

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha dado un paso significativo en la regulación del almacenamiento de energía en México. Durante la última sesión del órgano de gobierno de esta administración, se aprobaron las Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACGs) que regirán la instalación y operación de sistemas de almacenamiento eléctrico en el país. Estas reglas permitirán integrar estos sistemas al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación para su inmediata implementación.

Los sistemas de almacenamiento podrán operar en cinco modalidades diferentes: asociados a una central eléctrica, a un centro de carga, en esquemas de abasto aislado, de forma independiente (sin estar vinculados a una central eléctrica o centro de carga) o en relación con un generador exento (SAE-GE).

Normas para la interconexión y operación

Para la conexión de estos sistemas al SEN, las solicitudes deberán seguir las directrices establecidas en el Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga. Sin embargo, en el caso de los SAE-GE, se aplicará el Manual de Interconexión de Centrales de Generación con capacidad inferior a 0.5 megawatts.

La CRE evaluará rigurosamente cada solicitud de permiso, verificando aspectos como el objeto social, la capacidad técnica, legal y financiera, además de los detalles específicos del proyecto. Los interesados deberán presentar la documentación en el formato oficial vigente para obtener los permisos necesarios.

Cumplimiento normativo y medición

Los sistemas de almacenamiento tendrán que cumplir con las disposiciones vigentes, como el Código de Red y la NOM-001-SEDE-2012, o las normas que las sustituyan en el futuro. Además, se deberán instalar sistemas de medición en los puntos de interconexión para garantizar una correcta liquidación de las transacciones dentro del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Para las centrales eléctricas ya en operación, la incorporación de un sistema de almacenamiento se considerará una modificación técnica. Por ello, será necesario someter los estudios pertinentes al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y solicitar la actualización del permiso ante la CRE.

Consulta pública y objetivos

El proyecto de estas disposiciones fue sometido a consulta pública en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) desde el pasado 9 de mayo. El objetivo principal es establecer las condiciones bajo las cuales se podrán integrar los sistemas de almacenamiento al SEN, asegurando un desarrollo ordenado y económicamente viable. Estas regulaciones buscan mitigar la variabilidad de las tecnologías de generación intermitente, como las plantas solares y eólicas, además de maximizar los beneficios de los productos y servicios que estos sistemas pueden ofrecer.

Con estas medidas, México avanza hacia un sistema eléctrico más robusto y eficiente, sentando las bases para una transición energética sostenible y adaptada a las necesidades actuales del país.

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